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Ley General de Sociedades

Artículo 110: Medidas cautelares sobre acciones

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Texto literal del artículo

En caso de acciones sujetas a medida cautelar, incluyendo el embargo, el propietario conserva el ejercicio de los derechos de accionista. El depositario está obligado a facilitar al accionista el ejercicio de sus derechos. Son de cargo de éste los gastos correspondientes. La medida cautelar sobre acciones no apareja la retención de los dividendos correspondientes, salvo orden judicial en contrario. En la ejecución de acciones sujetas a medida cautelar se estará a lo dispuesto en el artículo 239.

Resumen breve

En caso de acciones sujetas a medida cautelar, incluyendo el embargo, el propietario conserva el ejercicio de los derechos de accionista.

Texto reconstruido artículo por artículo desde el PDF de la Ley General de Sociedades, Ley N.º 26887, proporcionado por el usuario. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.