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TUO de la Ley Nº 27444

Artículo 154: Empleo de formularios

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Texto literal del artículo

154.1 Las entidades disponen el empleo de formularios de libre reproducción y distribución gratuita, mediante los cuales los administrados, o algún servidor a su pedido, completando datos o marcando alternativas planteadas proporcionan la información usual que se estima suficiente, sin necesidad de otro documento de presentación. Particularmente se emplea cuando los administrados deban suministrar información para cumplir exigencias legales y en los procedimientos de aprobación automática. 154.2 También son utilizados cuando las autoridades deben resolver una serie numerosa de expedientes homogéneos, así como para las actuaciones y resoluciones recurrentes, que sean autorizadas previamente. (Texto según el artículo 154 de la Ley N° 27444)

Resumen breve

Las entidades deben ofrecer formularios gratuitos y reproducibles para que los administrados proporcionen la información usual completando datos o marcando opciones, sin presentar otro documento, especialmente en exigencias legales y procedimientos de aprobación automática. También deben usarlos para resolver numerosos expedientes iguales y realizar actuaciones o emitir resoluciones repetitivas previamente autorizadas.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta un formulario gratuito para solicitar una aprobación automática, completa sus datos y no adjunta otro documento de presentación.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.