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Constitución Política del Perú

Artículo 50: Estado, Iglesia católica y otras confesiones

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Texto literal del artículo

Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.

Resumen breve

El Estado peruano reconoce a la Iglesia católica como importante para la formación histórica, cultural y moral del país, y colabora con ella dentro de su independencia y autonomía. También respeta a las demás confesiones religiosas y puede acordar formas de colaboración con ellas.

Ejemplo cotidiano

El Estado puede colaborar con la Iglesia católica en una actividad cultural y respetar que Rosa practique otra confesión religiosa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.