Código Tributario
Artículo 176: INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES
Ver todos los artículosConstituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones: 1. No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. 2. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. (*) Numeral 3 derogado por la primera disposición complementaria derogatoria del Decreto Legislativo N° 1263, publicado el 10 de diciembre de 2016. 4. Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. (*) Numerales 5, 6 y 7 derogados por la primera disposición complementaria derogatoria del Decreto Legislativo N° 1263, publicado el 10 de diciembre de 2016. 8. Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria. (246) Artículo sustituido por el artículo 86 del Decreto Legislativo Nº 953, publicado el 5 de febrero de 2004.
Constituye una infracción no presentar dentro del plazo las declaraciones que determinan la deuda tributaria u otras declaraciones y comunicaciones. También infringe quien presenta declaraciones o comunicaciones incompletas, alejadas de la realidad o sin respetar la forma y condiciones exigidas por la Administración Tributaria, incluso cuando sean rectificatorias.
Rosa presenta fuera de plazo su declaración de impuestos y, además, omite datos exigidos por la Administración Tributaria.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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