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Código Tributario

Artículo 112-A: FORMA DE LAS ACTUACIO-

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Texto literal del artículo

NES (*) Epígrafe modificado por el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1523, publicado el 18 de febrero de 2022. Las actuaciones que de acuerdo al presente Código o sus normas reglamentarias o complementarias realicen los administrados y terceros ante la Administración Tributaria o el Tribunal Fiscal podrán efectuarse mediante sistemas electrónicos, telemáticos, informáticos, teniendo estas la misma validez y eficacia jurídica que las realizadas por medios físicos, en tanto cumplan con lo que se establezca en las normas que se aprueben al respecto. Tratándose de SUNAT, estas normas se aprobarán mediante resolución de superintendencia, y tratándose del Tribunal Fiscal, mediante resolución ministerial del Sector Economía y Finanzas. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1263, publicado el 10 de diciembre de 2016. Las actuaciones con presencia del administrado y del funcionario de la administración se pueden realizar de manera remota, utilizando para ello tecnologías digitales, tales como las videoconferencias, audioconferencias, teleconferencias o similares, conforme al procedimiento que se apruebe en las normas a que se refiere el párrafo anterior, salvo que en el presente Código se establezca una regla distinta. Dicha regulación puede incluir la grabación de las actuaciones y debe contemplar, entre otros, cómo se generan, firman y entregan los documentos que se emitan con ocasión de la actuación que se realice. (*) Párrafo incorporado por el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1523, publicado el 18 de febrero de 2022.

Resumen breve

Los administrados y terceros pueden realizar actuaciones ante la Administración Tributaria o el Tribunal Fiscal mediante sistemas electrónicos, con la misma validez que los medios físicos, según las reglas aplicables. Las actuaciones con presencia de ambas partes también pueden hacerse remotamente mediante videoconferencia u otras tecnologías, conforme al procedimiento aprobado, que puede regular grabaciones y documentos.

Ejemplo cotidiano

María presenta electrónicamente un escrito ante SUNAT y participa por videoconferencia en una actuación, con la misma validez que si acudiera personalmente.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.