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Código Tributario

Artículo 102-A: FORMAS DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA TRIBUTARIA

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Texto literal del artículo

La SUNAT presta y solicita asistencia administrativa mutua en materia tributaria a la autoridad competente según lo señalado en los convenios internacionales y de manera complementaria, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Código. La SUNAT proporciona la información solicitada, aun cuando carezca de interés fiscal y asume que la información solicitada por la autoridad competente es relevante para los fines tributarios del convenio internacional. La asistencia administrativa comprende las siguientes formas: a) Intercambio de información, que puede ser a solicitud, espontánea y automática. También puede realizarse por medio de fiscalizaciones simultáneas y en el extranjero. b) Asistencia en el cobro de deuda tributaria incluyendo el establecimiento de medidas cautelares. c) Notificación de documentos. La SUNAT para efecto de solicitar asistencia administrativa mutua en materia tributaria se dirige a la autoridad competente, considerando los plazos de prescripción previstos en el artículo 43. La información o documentación que la autoridad competente proporcione en el marco de la asistencia administrativa mutua en materia tributaria puede ser utilizada por la SUNAT como medio probatorio para efecto de los procedimientos tributarios o procesos judiciales, salvo disposición en contrario.

Resumen breve

La SUNAT puede pedir y debe brindar asistencia tributaria a la autoridad competente, según convenios internacionales y, complementariamente, el Código, aunque no exista interés fiscal. Incluye intercambiar información, ayudar a cobrar deudas —incluso con medidas cautelares (para asegurar bienes)— y notificar documentos. Para solicitarla, debe considerar la prescripción del artículo 43; la información recibida puede servir como prueba, salvo prohibición.

Ejemplo cotidiano

SUNAT solicita a la autoridad competente de Chile información tributaria de Rosa para cobrar una deuda y la usa como prueba.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.