Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 227: Funciones específicas
Ver todos los artículosLa Secretaría Técnica cuenta con las siguientes funciones específicas: 1. Asistencia técnica.- Asistir técnicamente a la Comisión Multisectorial Permanente del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes en los siguientes aspectos: a. Formulación de políticas, objetivos, lineamientos generales y específicos para la adecuada implementación progresiva del Código. b. Diseño y modificación de la propuesta específica del Plan de Implementación. c. Propuesta de modificación del calendario oficial de aplicación progresiva. d. Elaboración de los anteproyectos de normas que sean necesarios para la transferencia de los recursos presupuestarios a que hubiere lugar. e. Establecimiento de los programas anuales de adecuación, provisión de recursos materiales y humanos que permitan la ejecución del Plan de Implementación progresiva del Código. f. Elaboración de proyectos de reforma legal que se requiera, en coordinación con las entidades involucradas. g. Concordar, supervisar y efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución de los planes y programas de implementación del Código. h. Conformar equipos especializados de trabajo y gestionar la contratación de las consultorías. i. Promoción de la integración de los sistemas de información y comunicación interinstitucional. j. Las demás funciones que sean necesarias para la adecuada implementación del Código. 2. Promoción, apoyo y coordinación interinstitucional para la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.- Es función de la Secretaría Técnica promover y apoyar la implementación del Código, efectuando para ello las coordinaciones necesarias con los Equipos Técnicos Institucionales, Grupos Distritales de Implementación u otras dependencias administrativas. 3. Seguimiento, Monitoreo y Evaluación del Proceso de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.- La Secretaría Técnica tiene por función efectuar, el seguimiento, monitoreo y evaluación periódica del proceso de implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, para cuyo efecto podrá elaborar documentos en base a la información proporcionada por los Equipos Técnicos Institucionales, Grupos Distritales de Implementación u otras dependencias administrativas. Capítulo III De los Equipos Técnicos de Implementación Institucionales
La Secretaría Técnica debe apoyar técnicamente a la Comisión Multisectorial Permanente en políticas, planes, normas, recursos, reformas legales y evaluación de la implementación progresiva del Código. También debe coordinar con las instituciones involucradas, promover la integración de información y realizar seguimiento, monitoreo y evaluación periódica usando la información disponible.
Tras recibir informes de los Equipos Técnicos Institucionales, la Secretaría Técnica evalúa periódicamente la implementación del Código y presenta sus resultados a la Comisión Multisectorial Permanente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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