Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 175: Audiencia de revocatoria
Ver todos los artículos175.1 Durante la audiencia el/la fiscal formaliza su pedido de revocatoria y el/la adolescente expone las circunstancias del incumplimiento. El/ la fiscal puede retirar la solicitud cuando considere que existe incumplimiento justificado. El/la juez/a resuelve en el mismo acto. 175.2 Revocada la semilibertad, el/la adolescente no puede volver a solicitarla.
En la audiencia, el fiscal debe sustentar la revocatoria y el adolescente puede explicar por qué incumplió; el fiscal puede retirar el pedido si considera justificado el incumplimiento. El juez decide en ese mismo acto y, si revoca la semilibertad, el adolescente no puede volver a solicitarla.
Durante la audiencia, el fiscal retira el pedido contra Luis porque considera justificada su ausencia, pero el juez decide mantener su semilibertad.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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