Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 17: Labor de el/la profesional en Psicología
Ver todos los artículosEl/la profesional en Psicología organiza y dirige el proceso de evaluación y diagnóstico psicológico de el/la adolescente en el marco del enfoque restaurativo. Desarrolla las siguientes funciones: 1. Realiza la evaluación psicológica a el/la adolescente. 2. Participa en la asistencia técnica a el/la fiscal a lo largo del proceso de evaluación, intervención y acompañamiento de el/la adolescente. 3. Participa en el diseño de estrategias para la aplicación de los programas de orientación. 4. Participa en la elaboración del programa de orientación para el/la adolescente y su familia durante el tiempo en que se desarrolle el programa. Ello incluye el diseño de los programas de acompañamiento formativo y educativo de acuerdo con las condiciones personales, contexto familiar y social de el/la adolescente, así como de los recursos locales. 5. Participa en la identificación y coordinación con las redes de apoyo para procurar la atención integral de el/la adolescente. 6. Otras que disponga la normatividad vigente.
El/la profesional en Psicología organiza y dirige la evaluación y el diagnóstico psicológico del adolescente bajo un enfoque restaurativo. Además, evalúa al adolescente, apoya técnicamente al fiscal, diseña programas de orientación y acompañamiento, y coordina redes de apoyo para su atención integral y la de su familia.
María evalúa a José, orienta al fiscal, diseña con su familia un programa educativo y coordina apoyo psicológico en su comunidad.
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