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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 143: Programas de tratamiento regular

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Texto literal del artículo

Los programas de tratamiento regular inciden en la asistencia y formación socioeducativa del adolescente, considerando planteamientos orientadores, educativos o terapéuticos que permitan su desarrollo personal y social. Asimismo, establecen objetivos en relación a los factores de riesgo y protección identificados en el adolescente. Si de la evaluación que realiza el equipo técnico interdisciplinario se advierte consumo de sustancias psicoactivas, se aplica un tratamiento desadictivo de justicia terapéutica con enfoque restaurativo, o el que haga sus veces. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 005-2025-JUS, publicado el 9 de marzo de 2025.

Resumen breve

Los programas deben apoyar la asistencia y formación socioeducativa del adolescente mediante orientaciones educativas o terapéuticas, con objetivos sobre sus factores de riesgo y protección. Si el equipo técnico interdisciplinario detecta consumo de sustancias psicoactivas, se aplica un tratamiento para superar la adicción, con justicia terapéutica y enfoque restaurativo.

Ejemplo cotidiano

Tras detectar consumo de drogas en Luis, el equipo técnico aplica un tratamiento para superar la adicción dentro de su programa socioeducativo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.