Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 11: Salas Penales que conozcan de procesos para adolescentes infractores de las Cortes Superiores
Ver todos los artículosCompete a las Salas Superiores con competencia en Sub Especialidad en Responsabilidad Penal de Adolescentes de las Cortes Superiores de Justicia en los casos suscitados en el proceso de responsabilidad penal del adolescente: (*) Inicio de párrafo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1673, publicado el 28 de setiembre de 2024. a. Conocer del recurso de apelación contra los autos y las sentencias expedidos por los Jueces de la Investigación Preparatoria y los Jueces de Juzgamiento. b. Dirimir las contiendas de competencia de los Jueces de Responsabilidad Juvenil del mismo o distinto distrito judicial, correspondiendo conocer y decidir en este último caso, a la Sala Penal del Distrito Judicial al que pertenezca el Juez que previno. c. Resolver los incidentes que se promuevan en su instancia. d. Conocer del recurso de queja. e. Conocer los demás casos que este Código y las leyes especiales determinen.
Las Salas Superiores especializadas en responsabilidad penal de adolescentes resuelven las apelaciones contra decisiones de investigación y juzgamiento, las quejas y los incidentes de su instancia. También solucionan conflictos sobre qué juez debe conocer el caso; si involucran distintos distritos judiciales, decide la Sala del distrito al que pertenece el juez que intervino primero.
La Sala Superior de Responsabilidad Penal de Adolescentes de Lima resolvió la apelación presentada por Camila contra la sentencia del Juzgado de Juzgamiento.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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