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Código Procesal Penal

Artículo 418: Efectos

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Texto literal del artículo

1. El recurso de apelación tendrá efecto suspensivo contra las sentencias y los autos de sobreseimiento, así como los demás autos que pongan fin a la instancia. 2. Si se trata de una sentencia condenatoria que imponga pena privativa de libertad efectiva, este extremo se ejecutará provisionalmente. En todo caso, el Tribunal Superior en cualquier estado del procedimiento recursal decidirá mediante auto inimpugnable, atendiendo a las circunstancias del caso, si la ejecución provisional de la sentencia debe suspenderse.

Resumen breve

La apelación suspende la ejecución de las sentencias, los autos de sobreseimiento y otras decisiones que terminan la instancia. Sin embargo, una condena con prisión efectiva se ejecuta provisionalmente, salvo que el Tribunal Superior ordene suspenderla mediante una decisión inimpugnable, considerando las circunstancias del caso.

Ejemplo cotidiano

Aunque Carlos apele su condena de prisión efectiva, empezará a cumplirla provisionalmente hasta que el Tribunal Superior decida si suspende esa ejecución.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.