Código Procesal Penal
Artículo 261-A: Impedimento de la detención preliminar judicial
Ver todos los artículosEl fiscal se encuentra impedido de solicitar detención preliminar judicial contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y, como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte. (*) Artículo incorporado por el artículo 2 de la Ley N° 32181, publicada el 11 de diciembre de 2024.
El fiscal no puede solicitar detención preliminar judicial contra personal de la Policía Nacional del Perú en actividad, cuando usa reglamentariamente sus armas o medios de defensa al cumplir su finalidad constitucional y provoca una lesión o muerte. La prohibición se aplica por ese uso reglamentario y su resultado.
Durante una intervención, el policía activo José usa reglamentariamente su arma y causa una lesión; el fiscal no puede pedir su detención preliminar judicial por ese hecho.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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