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Código Procesal Civil

Artículo 797: Notificación edictal

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Texto literal del artículo

En la solicitud se pedirá la publicación de un extracto de ésta por dos días interdiarios en el diario de los avisos judiciales. Si en el lugar no hubiera diario, se utilizará la forma de notificación edictal más adecuada a criterio del Juez. La constancia de esta notificación se acompañará a la audiencia.

Resumen breve

Quien presenta la solicitud debe pedir que se publique un extracto durante dos días interdiarios en el diario de avisos judiciales. Si no existe ese diario en el lugar, el juez elegirá la forma más adecuada de notificación edictal, y la constancia deberá acompañarse a la audiencia.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta su solicitud y publica el extracto dos días interdiarios; luego entrega la constancia de publicación en la audiencia.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.