Código Procesal Civil
Artículo 790: Procedencia
Ver todos los artículosA pedido de interesado o del Ministerio Público, se puede solicitar la declaración de desaparición, ausencia o de muerte presunta, sustentada en los casos previstos en el Código Civil.
Una persona interesada o el Ministerio Público puede pedir que se declare la desaparición, ausencia o muerte presunta de alguien. La solicitud debe basarse en alguno de los casos previstos por el Código Civil.
Rosa pide declarar la ausencia de su esposo Luis, porque su caso encaja en una situación prevista por el Código Civil.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe