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Código Procesal Civil

Artículo 361: Renuncia a recurrir

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Texto literal del artículo

Durante el transcurso del proceso, las partes pueden convenir la renuncia a interponer recurso contra las resoluciones que, pronunciándose sobre el fondo, le ponen fin. Esta renuncia será admisible siempre que el derecho que sustenta la pretensión discutida sea renunciable y no afecte el orden público, las buenas costumbres o norma imperativa.

Resumen breve

Durante el proceso, las partes pueden acordar no presentar recursos contra resoluciones que decidan el fondo del caso y terminen el proceso. Esto solo vale cuando el derecho discutido puede renunciarse y el acuerdo no afecta el orden público, las buenas costumbres ni una norma obligatoria.

Ejemplo cotidiano

En un juicio, Ana y Luis acuerdan no apelar la sentencia final porque el derecho discutido permite renunciar y su acuerdo no infringe normas obligatorias.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.