Código Procesal Civil
Artículo 119-A: Derecho a ajustes en el proceso
Ver todos los artículosTodo acto procesal debe ser accesible a las partes. Las personas con discapacidad tienen derecho a contar con ajustes razonables y ajustes de procedimiento, de acuerdo a sus requerimientos, para facilitar su participación en todos los procedimientos judiciales. (*) Artículo incorporado por el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 de setiembre de 2018.
Todo acto procesal debe ser accesible para las partes. Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir ajustes razonables y de procedimiento, según sus necesidades, para participar en cualquier procedimiento judicial.
Rosa, persona con discapacidad, participa en un juicio con los ajustes razonables y de procedimiento que necesita.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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