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Código Procesal Civil

Artículo 1: Órganos y alcances de la potestad jurisdiccional civil

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Texto literal del artículo

La potestad jurisdiccional del Estado en materia civil, la ejerce el Poder Judicial con exclusividad. La función jurisdiccional es indelegable y su ámbito abarca todo el territorio de la República.

Resumen breve

En asuntos civiles, solo el Poder Judicial puede ejercer la autoridad de juzgar en nombre del Estado. Esa función no puede delegarse y se aplica en todo el territorio de la República.

Ejemplo cotidiano

Rosa demanda a Carlos por incumplir un contrato, y un juez del Poder Judicial, no la municipalidad, resuelve exclusivamente ese conflicto civil en Lima.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.