MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Penal

Artículo 9: Momento de comisión del delito

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El momento de la comisión de un delito es aquél en el cual el autor o partícipe ha actuado u omitido la obligación de actuar, independientemente del momento en que el resultado se produzca.

Resumen breve

El delito se considera cometido cuando el autor o partícipe realiza la acción o deja de cumplir la obligación de actuar. Esto se aplica aunque el resultado ocurra después.

Ejemplo cotidiano

Luis golpeó a Pedro el lunes, pero Pedro falleció el miércoles; el delito se considera cometido el lunes.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.