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Código Penal

Artículo 398: Cohecho activo específico

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Texto literal del artículo

El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete donativo, ventaja o beneficio a un Magistrado, Fiscal, Perito, Árbitro, Miembro de Tribunal administrativo o análogo con el objeto de influir en la decisión de un asunto sometido a su conocimiento o competencia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa. Cuando el donativo, promesa, ventaja o beneficio se ofrece o entrega a un secretario, relator, especialista, auxiliar jurisdiccional, testigo, traductor o intérprete o análogo, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa. Si el que ofrece, da o corrompe es abogado o forma parte de un estudio de abogados, la pena privativa de libertad será no menor de cinco ni mayor de ocho años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 2, 3, 4 y 8 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.” (*) Artículo modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1243, publicado el 22 de octubre de 2016 “Cohecho activo en el ámbito de la función policial

Resumen breve

Ofrecer, entregar o prometer beneficios a una autoridad judicial, fiscal o administrativa para influir en un asunto bajo su competencia conlleva 5 a 8 años, inhabilitación y 365 a 730 días-multa. Al personal auxiliar, 4 a 8 años; a abogados o estudios, 5 a 8 años, inhabilitación y multa igual.

Ejemplo cotidiano

El abogado Luis promete un beneficio al fiscal Pedro para influir en su decisión, conducta sancionada con prisión, inhabilitación y días-multa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.