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Código Penal

Artículo 383: Cobro indebido

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Texto literal del artículo

El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar o entregar contribuciones o emolumentos no debidos o en cantidad que excede a la tarifa legal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36.” (*) Artículo modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1243, publicado el 22 de octubre de 2016. “

Resumen breve

El funcionario o servidor público que abuse de su cargo y exija o cobre contribuciones o pagos no debidos, o superiores a la tarifa legal, comete delito. Puede recibir de uno a cuatro años de prisión e inhabilitación (prohibición para ejercer ciertos cargos), según corresponda, conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 8.

Ejemplo cotidiano

El funcionario Luis exige a Rosa un pago mayor que la tarifa legal para tramitar su permiso y puede recibir prisión e inhabilitación.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.