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Código Penal

Artículo 381: Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo

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Texto literal del artículo

El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas.” (*) Artículo modificado por el artículo único de la Ley N° 31676, publicada el 27 de enero de 2023. “

Resumen breve

Un funcionario público no puede nombrar, designar, contratar ni encargar un cargo público a alguien que no cumpla los requisitos legales. Quien lo haga, o quien acepte el cargo sin cumplirlos, enfrenta de dos a cuatro años de prisión y de 60 a 120 días-multa.

Ejemplo cotidiano

Carlos, funcionario público, contrata a Ana para un cargo aunque ella no cumple los requisitos legales; ambos reciben la pena prevista.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.