Código Penal
Artículo 181: Proxenetismo
Ver todos los artículosEl que dirige o gestiona la prostitución de otra persona será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años. La pena será no menor de seis ni mayor de doce años, cuando: 1. El agente cometa el delito en el ámbito del turismo, en el marco de la actividad de una persona jurídica o en el contexto de cualquier actividad económica. 2. El agente sea ascendiente o descendiente por consanguinidad, adopción o por afinidad, pariente colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o adopción o segundo grado de afinidad; cónyuge, excónyuge, conviviente, exconviviente o tenga hijos en común con la víctima o habite en el mismo domicilio de la víctima, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales. 3. El proxenetismo sea un medio de subsistencia del agente. 4. La víctima esté en situación de abandono o extrema necesidad económica. 5. Exista pluralidad de personas en prostitución. 6. La persona en prostitución tenga discapacidad, sea adulta mayor, padezca de una enfermedad grave, pertenezca a un pueblo indígena u originario o presente cualquier situación de vulnerabilidad. 7. Se produzca una lesión grave o se ponga en peligro inminente la vida o la salud de la persona en prostitución. 8. El agente actúe como integrante de una banda u organización criminal. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 30963, publicada el 18 de junio de 2019.
Quien dirige o gestiona la prostitución de otra persona comete delito y recibe de cuatro a seis años de prisión. La pena sube a seis a doce años si existe alguna agravante, como actuar en turismo o una actividad económica, aprovechar vínculos familiares, la necesidad o vulnerabilidad de la víctima, causar lesiones graves o integrar una banda criminal.
Jorge administra la prostitución de Ana y, además, actúa dentro de una organización criminal; podría recibir entre seis y doce años de prisión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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