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Código de los Niños y Adolescentes

Artículo 31: Descentralización

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Texto literal del artículo

Los gobiernos regionales y locales establecerán, dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades técnicas semejantes al Ente Rector del sistema, las que tendrán a su cargo la normatividad, los registros, la supervisión y la evaluación de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas. El PROMUDEH coordinará con dichas entidades técnicas regionales y locales el cumplimiento de sus funciones.

Resumen breve

Los gobiernos regionales y locales deben establecer entidades técnicas semejantes al Ente Rector del sistema en sus jurisdicciones. Estas entidades dictan normas, llevan registros, supervisan y evalúan las acciones de las instancias ejecutivas, coordinando sus funciones con el PROMUDEH.

Ejemplo cotidiano

La Municipalidad Provincial de Arequipa establece una entidad técnica que registra, supervisa y evalúa a sus instancias ejecutivas, coordinando esas funciones con el PROMUDEH.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.