Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 150: Atribuciones
Ver todos los artículosSon atribuciones del Equipo Multidisciplinario: a) Emitir los informes solicitados por el Juez o el Fiscal; b) Hacer el seguimiento de las medidas y emitir dictamen técnico, para efectos de la evaluación correspondiente, así como las recomendaciones para la toma de las medidas pertinentes; y c) Las demás que señale el presente Código.
El Equipo Multidisciplinario debe emitir los informes que soliciten el juez o el fiscal. También debe supervisar las medidas, elaborar un dictamen técnico (opinión especializada) para evaluarlas y recomendar las acciones necesarias, además de cumplir otras funciones previstas en el Código.
El juez ordena al Equipo Multidisciplinario supervisar la libertad asistida de Diego y recomendar, mediante dictamen técnico, la medida pertinente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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