Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 201: Texto legal
Ver todos los artículosEl informe y el certificado médico presentados para la concesión de la visita íntima, se renovarán cada seis meses.
El informe y el certificado médico que se presenten para obtener una visita íntima deben renovarse cada seis meses. Esta renovación periódica es necesaria para mantener vigente la documentación requerida.
Cada seis meses, Rosa y el establecimiento penitenciario deben contar con un informe y un certificado médico renovados para solicitar la visita íntima.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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