Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 2: Texto legal
Ver todos los artículosEl interno es la persona que se encuentra privada de libertad en un establecimiento penitenciario, en condición de procesado o sentenciado.
Se considera interno a quien está privado de libertad en un establecimiento penitenciario. Esta condición puede corresponder tanto a una persona procesada como a una sentenciada.
Pedro, mientras permanece privado de libertad en un establecimiento penitenciario, es considerado interno aunque todavía esté siendo procesado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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