Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 146: Texto legal
Ver todos los artículosLa asistencia psicológica coordina con instituciones públicas y privadas a fin de brindar apoyo psicológico a la comunidad penitenciaria, con conocimiento del Órgano Técnico de Tratamiento.
La asistencia psicológica debe coordinar con instituciones públicas y privadas para brindar apoyo psicológico a la comunidad penitenciaria. Esta coordinación debe realizarse con conocimiento del Órgano Técnico de Tratamiento.
El psicólogo del penal de Lurigancho coordina con el Ministerio de Salud y una clínica privada para brindar apoyo psicológico a internos, con conocimiento del Órgano Técnico de Tratamiento.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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