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Código de Ejecución Penal

Artículo 2: Judicialidad de la condena y legalidad penitenciaria

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Texto literal del artículo

El interno ingresa al Establecimiento Penitenciario sólo por mandato judicial, en la forma prevista por la ley. Es ubicado en el Establecimiento que determina la Administración Penitenciaria. (Texto según el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 654)

Resumen breve

Una persona solo puede ingresar a un establecimiento penitenciario por mandato judicial y conforme a la ley. La Administración Penitenciaria decide en qué establecimiento será ubicada.

Ejemplo cotidiano

Luego de recibir un mandato judicial, Carlos ingresa al penal que la Administración Penitenciaria le asigna.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.