Código Civil
Artículo 923: Noción de propiedad
Ver todos los artículosLa propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley. (*) Rectificado por Fe de Erratas publicada el 7 de setiembre de 1984.
La propiedad permite a su titular usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien (reclamarlo). Debe ejercer esas facultades respetando el interés social y los límites establecidos por la ley.
Rosa puede vivir en su casa, alquilarla o venderla, pero debe hacerlo respetando la ley y el interés social.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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