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Código Civil

Artículo 885: Bienes inmuebles

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Texto literal del artículo

Son inmuebles: 1.- El suelo, el subsuelo y el sobresuelo. 2.- El mar, los lagos, los ríos, los manantiales, las corrientes de agua y las aguas vivas o estanciales. 3.- Las minas, canteras y depósitos de hidrocarburos. “4.- Las naves y embarcaciones” (*) Numeral incorporado por la primera disposición complementaria modificatoria del Decreto Legislativo N° 1400, publicado el 10 de setiembre de 2018. Entró en vigencia el 3 de marzo de 2025. La fecha de entrada en funcionamiento fue fijada por la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00011-2025-SUNARP/SN, publicada el 23 de enero de 2025. 5.- Los diques y muelles. 6.- (*) Numeral derogado por la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28677, publicada el 1 de marzo de 2006, vigente a los noventa días de la publicación de la citada Ley. 7.- Las concesiones para explotar servicios públicos. 8.- Las concesiones mineras obtenidas por particulares. 9.- (*) Numeral derogado por la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28677, publicada el 1 de marzo de 2006, vigente a los noventa días de la publicación de la citada Ley. 10.- Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro. 11.- Los demás bienes a los que la ley les confiere tal calidad. (*) Rectificado por Fe de Erratas publicada el 7 de setiembre de 1984.

Resumen breve

El artículo considera inmuebles el suelo, subsuelo y sobresuelo; las aguas; minas, canteras, hidrocarburos; naves, embarcaciones, diques y muelles; concesiones de servicios públicos o mineras obtenidas por particulares, y derechos sobre inmuebles inscribibles. También incluye otros bienes que la ley declare inmuebles; los numerales 6 y 9 ya no están vigentes porque los derogó la Ley 28677.

Ejemplo cotidiano

El terreno de María, el río cercano y la concesión minera obtenida por Pedro tienen la calidad de bienes inmuebles.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.