Código Civil
Artículo 411: Normatividad supletoria
Ver todos los artículosSon aplicables a la madre y a sus herederos las disposiciones de los artículos 406 a 408.
Las reglas contenidas en los artículos 406 a 408 también se aplican a la madre y a sus herederos. Este artículo no establece una regla adicional, sino que remite a esas disposiciones para resolver las situaciones que regulan.
Tras morir Rosa, Pedro inicia un proceso judicial contra sus herederos para acreditar que ella fue su madre, ante el juez de su domicilio.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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