Código Civil
Artículo 2053: Informe sobre existencia y sentido de la norma extranjera
Ver todos los artículosLos jueces pueden de oficio o a pedido de parte, solicitar al Poder Ejecutivo que, por vía diplomática, obtenga de los tribunales del Estado cuya ley se trata de aplicar, un informe sobre la existencia de la ley y su sentido.
El juez, por iniciativa propia o a pedido de una parte, puede solicitar al Poder Ejecutivo que obtenga por vía diplomática un informe de los tribunales extranjeros. El informe debe indicar si existe la ley extranjera que se aplicará y cuál es su sentido.
En un juicio peruano, Ana pide al juez confirmar el significado de una ley chilena, y este solicita el informe mediante el Poder Ejecutivo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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