Código Civil
Artículo 1989: Prescripción extintiva
Ver todos los artículosLa prescripción extingue la acción pero no el derecho mismo.
La prescripción extingue la acción, es decir, la posibilidad de reclamar judicialmente un derecho. Sin embargo, el derecho en sí mismo no desaparece.
Cuando prescribe la deuda de Rosa, ya no puede reclamarla judicialmente, pero su derecho de cobro no desaparece.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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