Código Civil
Artículo 1923: Definición
Ver todos los artículosPor la renta vitalicia se conviene la entrega de una suma de dinero u otro bien fungible, para que sean pagados en los períodos estipulados.
La renta vitalicia se configura cuando se acuerda entregar una suma de dinero u otro bien fungible (que puede reemplazarse por otro igual). Esa suma o bien debe pagarse en los períodos que las partes hayan estipulado.
Rosa acuerda entregar una cantidad de arroz para que se pague en las fechas periódicas fijadas con José.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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