MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 1764: Definición

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

Por la locación de servicios el locador se obliga, sin estar subordinado al comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución.

Resumen breve

En la locación de servicios, una persona se compromete a prestar sus servicios durante cierto tiempo o para realizar un trabajo determinado. Debe recibir una retribución (pago) y trabajar sin estar subordinada a quien contrata sus servicios.

Ejemplo cotidiano

María acuerda diseñar el logo de José por un mes, recibe un pago y organiza su trabajo sin estar bajo sus órdenes.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.