Código Civil
Artículo 1737: Comodato de duración indeterminada
Ver todos los artículosCuando no se ha determinado la duración del contrato, el comodatario está obligado a restituir el bien cuando el comodante lo solicite.
Cuando el contrato de comodato no fija cuánto durará, el comodante (quien presta el bien) puede pedir que se lo devuelvan en cualquier momento. El comodatario (quien recibe el préstamo) debe restituirlo cuando reciba esa solicitud.
Rosa presta su bicicleta a Luis sin fijar plazo y, cuando le pide devolverla, Luis debe entregársela.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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