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Código Civil

Artículo 1713: Definición

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Texto literal del artículo

Por el hospedaje, el hospedante se obliga a prestar al huésped albergue y, adicionalmente, alimentación y otros servicios que contemplan la ley y los usos, a cambio de una retribución. Esta podrá ser fijada en forma de tarifa por la autoridad competente si se trata de hoteles, posadas u otros establecimientos similares.

Resumen breve

El hospedante debe ofrecer al huésped alojamiento y, además, alimentación y otros servicios previstos por la ley o los usos, a cambio de un pago. En hoteles, posadas y establecimientos similares, la autoridad competente puede fijar ese pago mediante una tarifa.

Ejemplo cotidiano

Rosa se aloja en una posada de Cusco, recibe habitación y alimentación, y paga la tarifa fijada por la autoridad competente.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.