Código Civil
Artículo 1673: Reparaciones de bien arrendado
Ver todos los artículosSi en el curso del arrendamiento el bien requiere reparaciones que no pueden diferirse hasta el fin del contrato, el arrendatario debe tolerarlas aun cuando importen privación del uso de una parte de él.
Cuando el inmueble arrendado necesita reparaciones que no pueden esperar hasta que termine el contrato, el arrendatario debe permitir que se realicen. Debe tolerarlas aunque, mientras duren, no pueda usar una parte del inmueble.
Rosa alquila un departamento y debe tolerar que el propietario repare una tubería urgente, aunque durante la obra no pueda usar la cocina.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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