Código Civil
Artículo 1610: Pago del precio en el suministro continuado
Ver todos los artículosEn el suministro continuado, el precio se paga, a falta de pacto, de acuerdo con los usos del mercado.
Cuando un suministro se entrega de manera continua y las partes no acuerdan cómo pagar, el precio debe pagarse según los usos del mercado. Esto significa que se aplican las prácticas habituales de ese tipo de operaciones.
Rosa recibe agua mensualmente de José sin haber pactado fechas de pago, por lo que paga según la práctica habitual del mercado local.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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