Código Civil
Artículo 1525: Acciones redhibitorias y estimatorias
Ver todos los artículosEn razón del saneamiento por hecho propio del transferente, el adquirente puede ejercer las acciones previstas en los artículos 1511 y 1513. Estas acciones son excluyentes.
Cuando el transferente debe responder por un hecho propio relacionado con el saneamiento, el adquirente puede usar las acciones de los artículos 1511 y 1513. Debe elegir una de ellas, porque no puede ejercerlas conjuntamente.
Carlos compró una casa a Rosa y, por un hecho propio de ella, eligió una de las acciones disponibles, sin ejercer ambas a la vez.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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