Código Civil
Artículo 1482: Renuncia al derecho de retractación
Ver todos los artículosLa parte que recibe las arras puede renunciar al derecho de retractación.
La parte que recibe las arras (suma entregada como garantía) puede renunciar al derecho de retractación, es decir, a desistir del acuerdo. Al hacerlo, deja de contar con ese derecho.
Después de recibir las arras de Rosa, Carlos renuncia expresamente a retractarse del acuerdo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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