Código Civil
Artículo 1355: Regla y límites de la contratación
Ver todos los artículosLa ley, por consideraciones de interés social, público o ético puede imponer reglas o establecer limitaciones al contenido de los contratos. (*) Según nota del Sistema Peruano de Información Jurídica -SPIJ-, la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio Público, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27412, mediante Oficio N° 970-2013-MP-FN-OAJ de fecha 24 de octubre de 2013, señaló que el presente artículo estaría derogado tácitamente en atención al artículo 62 de la Constitución Política, respecto a la libertad de contratar.
Esta disposición ya no está vigente por derogación tácita vinculada al artículo 62 de la Constitución Política, que reconoce la libertad de contratar.
En un contrato de consumo, Claro Perú no puede imponer una cláusula abusiva, porque la ley limita su contenido para proteger a los consumidores.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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