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Código Civil

Artículo 116: Quórum para reuniones y acuerdos

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Texto literal del artículo

Para la validez de las reuniones de la asamblea, para el cómputo del quórum y para las votaciones, se aplica lo dispuesto en los artículos 87, párrafo primero, y 88.

Resumen breve

La validez de las reuniones de la asamblea, el cálculo del quórum (asistencia mínima) y las votaciones se rigen por el artículo 87, primer párrafo, y el artículo 88. Este artículo no establece reglas propias sobre esos asuntos.

Ejemplo cotidiano

En la asamblea de la Asociación Cultural Lima, el secretario valida la reunión y sus acuerdos aplicando el primer párrafo del artículo 87 y el artículo 88.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.