Código Civil
Artículo 1026: Régimen legal del derecho de uso
Ver todos los artículosEl derecho de usar o de servirse de un bien no consumible se rige por las disposiciones del título anterior, en cuanto sean aplicables.
El derecho de usar o aprovechar un bien que no se consume se regula por las reglas del título anterior. Estas reglas solo se aplican cuando resultan compatibles con el derecho de uso.
Rosa, titular del derecho de uso de una vivienda no consumible, debe conservarla y ejercerlo conforme a las reglas del usufructo que resulten compatibles.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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